Seguridad contra incendios

Según el art. 20 Medidas de Emergencia de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales “El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contraincendios y evacuación de los trabajadores, designando al personal encargado para ello y comprobando periódicamente su correcto funcionamiento”. Esto se articula mediante el Plan de Autoprotección.