Centros asistenciales
Los centros asistenciales a los que se tiene que trasladar un accidentado dependerán del régimen al que esté adscrito el trabajador:
- Régimen de clases pasivas Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE): acudirán al servicio asistencial concertado por el trabajador adscrito a MUFACE. Consultar los centros adscritos a su seguro.
En este caso, únicamente se acudirá a los hospitales de la Seguridad Social cuando el personal de MUFACE accidentado así lo haya elegido como centro asistencial.
- - Régimen General de la Seguridad Social: acudir a los centros asistenciales de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) elegida por la Universidad de Zaragoza. Actualmente, es la “Mutua de Accidentes de Zaragoza, MAZ”.
En los casos de urgencia vital, se acudirá al centro sanitario (público o privado) más próximo y/o adecuado según la asistencia requerida, en cuyo caso será el personal sanitario de la ambulancia quien decidirá dónde llevar al accidentado.
En el caso de estudiantes de grado, doctorado o de máster (< de 28 años), acudirán a los centros de la Seguridad Social según su seguro escolar. Los mayores de 28 años acudirán a los centros de la compañía aseguradora contratada. Los estudiantes de estudios propios también.
Los alumnos en prácticas de empresa contratados a través de Universa o de la sección de becas, etc. acudirán a las instalaciones de la mutua MAZ, ya que la Universidad de Zaragoza se hace cargo de la cobertura de sus accidentes según el RD 592/2014, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
En caso de que el accidente haya sido en misión fuera de las instalaciones de la Universidad de Zaragoza, antes de viajar se consultarán los centros asistenciales adscritos a los que puede acudir en caso de sufrir un accidente laboral (red de Centros de la Mutua MAZ).
En Aragón:
- MAZ Zaragoza (Avda. Academia General Militar, 74)
- MAZ Huesca (Pª Ramón y Cajal, 31)
- MAZ Jaca (C/. Regimiento de Galicia, 21)
- MAZ Teruel (Avda. Sagunto 44 o Clínica Santiago, C/. Sariñena, 12)
Si viaja al extranjero consulte la siguiente información de la mutua MAZ y los documentos publicados por la UPRL (Gestión documental en viajes internacionales de ámbito laboral) y el tríptico de MAZ 24 horas.
Cuando un trabajador de la Universidad de Zaragoza acude a otra instalación sanitaria distinta a la que le corresponde por comodidad, proximidad, desconocimiento, etc…, esta última entidad genera lo que se denomina un “Cargo a terceros” por la asistencia sanitaria, al tratarse de un accidente laboral que ella no debería haber atendido.
El trabajador y la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales reciben posteriormente de la entidad una comunicación para el cobro de la factura generada por la atención sanitaria prestada.
Para que la UPRL justifique a la entidad que se trata de un accidente laboral y que el trabajador no se va a hacer cargo del pago, éste deberá justificar qué le ocurrió y el por qué acudió donde no le correspondía.
La UPRL guardará exceso de celo en los accidentes laborales que son atendidos en fin de semana por otras entidades sanitarias distintas a las que corresponden, pudiendo ser rechazadas las que no considere veraces, excepto que así lo justifique su jornada laboral.