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Vigilancia de la Salud individual

Última modificación
Vie , 15/03/2024 - 08:46

La vigilancia de la salud es uno de los instrumentos que utiliza la Medicina del trabajo para controlar y hacer el seguimiento de la repercusión de las condiciones de trabajo sobre la salud de la población trabajadora. Como tal es una técnica complementaria de las correspondientes a las disciplinas de Seguridad, Higiene y Ergonomía / Psicosociología, actuando, a diferencia de las anteriores y salvo excepciones, cuando ya se han producido alteraciones en el organismo. La vigilancia de la salud no tiene pues sentido como instrumento aislado de prevención: ha de integrarse en el plan de prevención global de la empresa.

De acuerdo con el Artículo 22 de Vigilancia de la salud de la Ley de Prevención, la Universidad de Zaragoza debe garantizar a sus trabajadores la vigilancia de su salud de forma periódica en función de los riesgos inherentes al puesto de trabajo.

La Universidad de Zaragoza en cumplimiento del Real Decreto 843/2011 de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención, tiene contratado un Servicio de Prevención Ajeno (S.P.A.) para cubrir las áreas de Medicina del Trabajo y en Higiene Industrial.

Tal y como se ha informado en varias ocasiones, a través del Boletín electrónico iUnizar, la Universidad de Zaragoza, con fecha 1 de marzo de 2024, ha cambiado de Servicio de Prevención Ajeno.

En la actualidad este Servicio de Prevención Ajeno lo realiza MAS PREVENCIÓN.

La vigilancia de la salud individual, que abarca la inicial y la periódica y tras ausencia prolongada del trabajo, se refiere a la aplicación de procedimientos médicos y de enfermería y la realización de pruebas y exploraciones necesarias a trabajadores con el fin de:

  • detectar daños derivados del trabajo y factores de riesgo en el lugar de trabajo relacionados con cada caso,
  • valorar, si este factor ha sido ya identificado, si las medidas preventivas, colectivas y/o individuales, no son las adecuadas o son insuficientes para, en su caso, proponer nuevas.

Al inicio del contrato con la Universidad de Zaragoza, el trabajador deberá realizarse un reconocimiento médico inicial para obtener el “Apto médico para el trabajo” que va a realizar en la UZ. En este reconocimiento el trabajador deberá informar al Servicio de Vigilancia de la Salud contratado por la UZ de las tareas que va a realizar en su puesto de trabajo, para que el reconocimiento médico sea lo más adaptado posible a su puesto.

La Universidad de Zaragoza es informada de las conclusiones que se derivan de los reconocimientos efectuados, en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva.

Los empleados públicos de la Universidad de Zaragoza que por su perfil de puesto de trabajo tienen el  reconocimiento medico obligatorio deberán realizárselo con una periodicidad anual, tal como aparece en el apartado e-Gestión del empleado_Reconocimientos médicos.

En caso de no pertenecer a ese grupo,   todos los empleados públicos de la Universidad de Zaragoza podrán realizarlo de manera voluntaria. LA NO SOLICITUD DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO IMPLICA LA RENUNCIA PERSONAL, VOLUNTARIA Y EXPRESA AL MISMO.

El cambio de Servicio de Prevención Ajeno implica un cambio en el procedimiento a seguir para que los trabajadores de la Universidad de Zaragoza se realicen el reconocimiento médico inicial (obligatorio) y el periódico (voluntario / obligatorio).

A partir de ahora, el trabajador puede solicitar reconocimiento médico de las siguientes formas:
               Gabinete médico de la Universidad de Zaragoza, sito en el CMU Pedro Cerbuna, se realiza mediante autocita a través del siguiente enlace Solicitud de cita
            -     Otros centros de MAS PREVENCIÓN, debe enviar un correo electrónico a reconocimientos_unizar@spmas.es

Puede consultar el procedimiento a seguir en “Instrucciones de solicitud de reconocimientos médicos”

Podrá elegir entre los siguientes centros que MAS Prevención pone a disposición de la Universidad de Zaragoza.

Zaragoza

  • MAS PREVENCIÓN SAMOS, C/ Monasterio de Samos, 31-33 Zaragoza
  • MAS PREVENCIÓN ACADEMIA GENERAL MILITAR, Avda Academia Gral Militar, 18 Zaragoza
  • MAS PREVENCIÓN ZARAGOZA ACTUR, C/ Pablo Ruiz Picasso nº 63, A-2 Zaragoza
  • MAS PREVENCIÓN UTEBO, Autovía Logroño Km 13,5. Parque empresarial El Águila-Coors, UTEBO, Zaragoza
  • MAS PREVENCIÓN CUARTE, C/ Constitución, 15, CUARTE DE HUERVA, Zaragoza

Huesca

  • MAS PREVENCIÓN HUESCA, Pº Ramón y Cajal, 32, Huesca

Teruel

  • MAS PREVENCIÓN TERUEL, Avda. Sagunto, 73-A

El día de la cita concertada el trabajador deberá acudir al centro médico en ayunas (unas 4 o 5 horas) para poder realizar la extracción de sangre y llevará consigo el recipiente con su muestra de orina para la analítica. El recipiente se lo proporcionará la UPRL o la conserjería de su edificio.

Ante cualquier duda al respecto, puede ponerse en contacto con nosotros en los teléfonos 843150 y 841354.